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Hay dos actores en escena los que alegan que Petro es ilegítimo y los que alegan que es legítimo

 

Gerardo Jurado Ciro

gerardojurado2017@gmail.com


1-El presidente Gustavo Petro es "ilegítimo"; su ilegitimidad la señalan claramente los artículos 109, 122, 197 y 179 de la Constitución Nacional; su ejercicio presidencial no tiene validez, justificación o derecho; no cumple con las normas o requisitos legales. Es importante tener en cuenta la diferencia entre "ilegítimo" e "ilegal": el presidente Petro es Ilegítimo porque no tiene justificación o derecho; y es Ilegal porque está ejerciendo contra los artículos 109, 122, 197 y 179 de la Constitución Nacional. Cuando la Corte Constitucional examine la constitucionalidad de su caso, obviamente tendrá que fallar que el Presidente Petro es ilegítimo y, por lo tanto, todas sus decisiones, mandatos y actos son ilegítimos.


2-La presidencia del señor Gustavo Petro es inconstitucional porque contradice directamente lo que dice la Constitución: Artículo 109: "Para las elecciones que se celebren a partir de la vigencia del presente acto legislativo, la violación de los topes máximos de financiación de las campañas, debidamente comprobada, será sancionada con la pérdida de investidura o del cargo". Las pruebas sobre la violación de los topes máximos de financiación demuestran que este hecho fue consumado, sin embargo, la Corte Constitucional realiza su trabajo constitucional despacio para no equivocarse, pero mientras tanto Gustavo Petro y los congresistas afectos suyos cometen daños irremediables, como la reforma a las pensiones. Entonces y siendo así, el constituyente primario que es un 83.60% de la fuerza política del país debe prepararse para realizar la marcha definitiva: retirar a Gustavo Petro del poder.


3-  El ejercicio presidencial del señor Gustavo Petro y la reforma de las pensiones son hechos  abiertamente inconstitucionales y probablemente van a llegar muchas demandas a la Corte Constitucional. Si la Corte decide confirmar su inconstitucionalidad, los declara hechos nulos, lo que significaría que dejan de tener efecto, esa es entonces la parte positiva, pero la parte negativa es la demora de los fallos en la Corte, y por eso precisamente el constituyente primario se prepara para salir a la calle doblado en número de marchantes y decidido a permanecer allí hasta que Gustavo Petro se retire del poder. Desde luego el constituyente primario es consciente que debe actuar con cuidado y rapidez, pues Gustavo Petro podría sufrir pánico como la vaca hundida  en el pantano y no actuar racionalmente, sino irracional y ferozmente hasta hundirse más en el pantano y hundir con él a 50 millones de personas.


4. El constituyente primario demostró en su marcha multitudinaria del 21 de abril que su inmensa fuerza política se deriva de un 83.60% que votó en contra de Gustavo Petro el 29 de octubre de 2023; manifestó igualmente que posee la capacidad intrínseca para obligar a Petro con la Constitución y la Ley a obedecer al artículo 109 apartándose de la Presidencia; declaró también que es capaz de doblar o triplicar el número de marchantes y después caminar en silencio y en paz hasta que el Presidente cumpla la voluntad del constituyente primario: retirarse de la Presidencia. Tampoco debemos desechar el hecho de que los EE.UU. Ya considera a Gustavo Petro un aliado del narcoterrorismo y, por lo tanto, una amenaza para la paz y la seguridad internacionales.


5-Gustavo Petro ha incurrido en 2 delitos: uno de tipo político que lo castiga con la pérdida del cargo el artículo 109 y otro de tipo penal que se deriva del hecho de haberse excedido en los topes financieros de la campaña presidencial. Por cierto contra el delito político comenzó a pedir cuentas el constituyente primario el 21 de abril, prevalido   del poder imprescriptible e inalienable que le otorga la Constitución y que incluso no puede ser transferido o enajenado a ningún otro órgano o persona. El pueblo entonces, comenzó a pedirle cuentas al Presidente Petro porque como titular del poder constituyente primario, tiene la capacidad de darse su propia ley fundamental, de definir su organización política, y asimismo, de definir sus derechos y libertades, y también las relaciones entre gobernantes y gobernados.


6-Los dictadores -Gustavo Petro es un aprendiz de dictador- ultrajan y cuestionan el poder real del constituyente primario: sobre todo la dificultad para su ejercicio; cómo se puede ejercer este poder de manera concreta y efectiva, especialmente en una sociedad como la colombiana llena de partidos políticos pequeños y opuestos. Pues se puede ejercer tal como se ejerció el 21 de abril: con todos los partidos políticos unidos por un objetivo común: salvar a Colombia de una dictadura comunista y globalista, pues   Gustavo Petro cree que él realmente tiene el poder legislativo, ejecutivo y judicial, y como tal, puede reemplazar el Congreso, la Fiscalía, los Juzgados, los Tribunales y las Cortes; y, asimismo, y de la misma manera cree que el poder del constituyente primario debe ser nominal y como tal, permanecer inactivo como un concepto abstracto.


7-Aunque es un Presidente ilegítimo, Gustavo Petro sigue tomando decisiones que afectan de manera negativa a un 83.60% que está en su contra y a un 16.40% que está a su favor; por eso una gran parte de la población siente que está siendo lanzada a un hoyo profundo y negro donde no hay salud ni ahorros para las pensiones, y esos hechos favorecen la aparición del resentimiento que puede conducir a la violencia. Por otra parte, la precariedad de la fuerza política que respalda al gobierno, acompañada del crecimiento de la corrupción y el crimen organizado y, asimismo, del menoscabo de la fuerza pública, demuestran claramente la debilidad gubernamental que Petro intenta tapar con la arbitrariedad, las peroratas de culebrero paisa y la violencia. Es importante recordar que las confrontaciones violentas son tragedias humanas con un costo devastador en vidas, infraestructuras y economías. Gustavo Petro quiere eso pero es esencial trabajar para que eso no ocurra. 


8-Petro con sus actos destructivos y criminales desafió al constituyente primario y este reaccionó como nadie imaginó jamás: sabe que puede elegir representantes que se comprometan a defender y respetar la Constitución; que puede participar en la elaboración de leyes y políticas públicas a través de mecanismos como la iniciativa popular, la consulta previa y el cabildo abierto; que puede ejercer control sobre el gobierno a través de la protesta social, la denuncia pública y la exigencia de rendición de cuentas. En Colombia, el constituyente primario ha ejercido su soberanía a través de mecanismos cómo la Asamblea Constituyente de 1991, que redactó la actual Constitución Política. También ha habido procesos de reforma constitucional a través de referéndums, como el de 2004 para aprobar la reelección presidencial. De esto podemos inferir que el constituyente primario es prudente, pero no pendejo; callado, pero no tonto; tímido, pero no iletrado. Por lo tanto, mientras Petro alista las armas para someter al constituyente primario y adueñarse del país, este alista la Constitución y las Leyes para revocar todos los actos y leyes y decretos derivados de un presidente ilegítimo.


9-Le tocó a Colombia desbaratar el nudo gordiano que fabricó Petro: 1) cambió la seguridad de la fuerza pública por la inseguridad del crimen organizado; 2) cambió el petróleo, el gas y el carbón, por el cuento chino de la descarbonización de la economía y está acabando con Ecopetrol; 3)  se está robando los billones de pesos de la salud y eso va a matar a millones; 4) se está robando los 400 billones largos de los jubilados y no jubilados, y va a matar a montones de jubilados y a sus familias; y 5) va a destruir la economía cafetera y a 550.000 familias que sostuvieron la economía del país durante 100 años. Sumen los billones que valen los crímenes cometidos por un presidente ilegítimo, añádanle los billones del crimen de Santos y Montealegre, y verán que la cifra es tan grande que no cabe en la calculadora. Desde luego, sin sumar todavía el valor de los procesos que van a llegar a los juzgados, tribunales y Cortes derivados de las familias que perdieron a abuelos, padres y hermanos por falta de drogas, hospitales y médicos, y porque sus ahorros para la jubilación fueron usados por Gustavo Petro para comprar adhesiones políticas y quedarse 20 años en la presidencia.


10-El presidente Petro es "ilegítimo";  su ejercicio presidencial no tiene validez, justificación o derecho; no cumple con las normas o requisitos legales. Es importante tener en cuenta la diferencia entre "ilegítimo" e "ilegal": el presidente Petro es Ilegítimo porque no tiene justificación o derecho; y es Ilegal porque está ejerciendo contra el artículo 109 de la Constitución Nacional que constitucionalmente lo destituyó. Cuando la Corte Constitucional examine la constitucionalidad de este caso, obviamente tendrá que fallar que el Presidente Petro es ilegítimo y, por lo tanto, todas sus decisiones, actos y mandatos son ilegítimos. Desde luego ahí será Troya porque Petro alegará que es legítimo y el constituyente primario alegará que es ilegítimo y lo demostrará y lo probará y lo confirmará y lo reconfirmará. La situación es tan grave y peligrosa que en Colombia y a punta mermelada podría quedar libre y sin culpa, pero la denuncia penal y mundial que gravita sobre Petro, lo meterá a la cárcel. El que no crea le puede preguntar a la notable periodista Isabel Cuervo.


11-El meollo de este intrincado asunto hay que buscarlo en la ilegitimidad de Gustavo Petro como presidente: de acuerdo con los artículos 122, 197 y 179 de la Constitución Nacional, no puede ocupar puestos públicos por haber cometido, en su condición de narco paramilitar de la izquierda radical y no de revolucionario, crímenes de lesa humanidad que no prescriben; además, y según el ministerio de Justicia, nunca fue amnistiado ni indultado. Inclusive, en este momento, según lo está revelado la notable periodista Isabel Cuervo, Francols Roger CarvardM y otros profesionales trabajan desde hace 6 años en una denuncia penal internacional contra Gustavo Petro por crímenes de lesa humanidad. Siendo así, y si la comisión de acusaciones de la Cámara y el Congreso y la Corte Constitucional no actúan, van a actuar con seguridad y contundencia el constituyente primario y la justicia internacional, pero impune no queda el señor Petro. En conclusión, debe señalarse que el quid del asunto y la forma de resolverlo es mediante el recurso a los artículos 109, 122, 197 y 179 de la Constitución Nacional.

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