Ir al contenido principal

Candidato, gerente, tesorero y auditor de las campañas de Santos están en serios problemas.




1-Roberto Prieto Uribe, fijó o determinó con precisión el aporte de 400.000 dólares que hizo Odebrecht a la campaña presidencial de Juan Manuel Santos en el año 2010. Fijó o determinó con precisión que con los 400.000 dólares aportados por Odebrecht, él pagó afiches usados en la campaña. Fijó o determinó con precisión de que los 400.000 dólares no fueron inscritos en la contabilidad porque así se acordó con Odebrecht. Esa confesión de Roberto Prieto, fija o determina con precisión la prueba para que la justicia actúe en contra de los funcionarios de la campaña, esto es, representante legal, revisor fiscal, auditor externo y contador, pues, éstos quedan literalmente incursos en el delito de “RESPONSABILIDAD PENAL, de acuerdo con lo que preceptúa él Articulo 43 de la Ley 222 de 1995:" “Sin perjuicio de lo dispuesto en otras normas, serán sancionados con prisión de uno a seis años, quienes a sabiendas: 1. Suministren datos a las autoridades o expidan constancias o certificaciones contrarias a la realidad. 2. Ordenen, toleren o encubran falsedades en los estados financieros o en sus notas".

 2- Según la Fiscalía, Roberto Prieto, pidió plata para “tapar huecos” en 2010 y 2014. Siendo así, los funcionarios de las campañas presidenciales de Santos, incurrieron en delitos en el 2010 y 2014.  La Silla Vacía dice que la Fiscalía declara que Prieto pidió plata para “tapar huecos” de esa campaña -2010- (luego lo habría hecho otra vez en 2014), y cuando la obtuvo no incluyó estas partidas en la contabilidad. Encima, dice la Fiscalía, los que ayudaron a conseguir la plata o a canalizarla “justo terminaron nombrados” en el Gobierno. Así lo habría hecho con 450 mil dólares de Odebrecht para afiches para la campaña de 2010 (a través del esposo de María Fernanda Valencia, luego gerente de Artesanías de Colombia); otro millón para encuestas de la campaña de 2014 a través de la empresa panameña Paddington y la empresa de publicidad Sancho BBDO; y varios pagos de Interbolsa para la campaña de 2010, incluyendo uno de 50 millones para pagar la publicidad de la primera campaña a través de Francisco Ortiz, luego designado gerente de Rtvc por Santos”.

 3- Varias sociedades aportaron dinero para las campañas presidenciales de Juan Manuel Santos en los años 2010 y 2014 que no quedaron inscritos en la contabilidad; de acuerdo con la Ley 222 de 1995 y su Artículo 43, "Responsabilidad Penal", el representante legal de las campañas presidenciales de Santos, el revisor fiscal, el auditor externo y el contador, tenían la obligación legal de inscribir en la contabilidad los aportes en dinero o en especie hechos a las campañas; ni el representante legal, ni el revisor fiscal, ni el auditor interno, ni el contador, cumplieron con su obligación legal de inscribir los aportes en los libros de contabilidad; le corresponde a la justicia determinar qué personas incurrieron en esos delitos; le corresponde a la justicia determinar qué delitos han prescrito y qué delitos no han prescrito; hoy Roberto Prieto se arroga toda la culpa, sin embargo, ley Ley 222 de 1995, señala con claridad de que éstos delitos tienen que ser cometidos por varios funcionarios. Por lo tanto, se infiere, de que el Presidente Juan Manuel Santos es corresponsable, penal o políticamente, directa o indirectamente, de esos delitos.

 4- La Ley 996 de 2005, artículo 16, reglamenta el nombramiento de gerente de campaña. “El candidato presidencial deberá designar un gerente de campaña, encargado de administrar todos los recursos de la campaña”. Santos nombró a Santiago Rojas en vez de nombrar a Alberto Velásquez, pero, olvidó el nombre de Rojas y lo confundió con Velásquez. Sin embargo, ese olvido no es creíble porque la actividad de la campaña los obligaba –a Santos y a Rojas-- a mantenerse comunicados; no es creíble tampoco porque Roberto Prieto dijo que tenía que defender al Presidente y si lo tenía que defender, era porque el Presidente se sentía amenazado.  Prieto: “me puede llamar hasta el hijueputa pero no me mamo más esto, mañana hablo con BluRadio”. “Le quiero aclarar: mañana voy a hablar y voy a defender a mi presidente que es el único que merece respetabilidad y credibilidad. El resto es una mano de cobardes”. No son creíbles, igualmente, los olvidos de Santos, pues,  se sentía amenazado por la verdad, esto es, por el ingreso del dinero de Odebrecht, y quería que el comité financiero y Roberto Prieto declararan de que Odebrecht no había hecho ningún aporte a la campaña presidencial. Precisamente para defender al Presidente planearon la entrevista en BluRadio, donde el Vicepresidente de la emisora le dice a Prieto: “para defenderlo a usted y para defender al Presidente”.  

5- Sancho BBDO y la fiscalía dicen que hubo un contrato entre Odebrecht y Paddngton. Roberto Prieto "aseguró de que ni la multinacional brasileña en cuestión, ni la empresa panameña Paddington, financiaron y realizaron encuesta alguna para la aspiración política". Desde luego hay que creerles a Sancho y a la fiscalía cuando dicen que el 2 de febrero de 2014 la empresa Odebrecht firmó un contrato con Paddington, compañía vinculada con Sancho. Comunicado de Sancho: con relalción a la información que ha sido publicada en medios de comunicación, Paddington y Sancho informan: el 2 de febrero de 2014 la empresa Odebrecht firmó un contrato con Paddington, compañía vinculada con Sancho. Esta información fue proporcionada a la Fiscalía hace varias semanas, cuando se llevaron a cabo entrevistas sobre el particular”. Lo que dice la fiscalía: "Odebrecht celebró un contrato el 2 de febrero de 2014 con la sociedad panameña Paddington, vinculada a la empresa colombiana Sancho, por la suma de un millón de dólares, para llevar a cabo una encuesta de opinión en las principales ciudades del país. Esta contribución habría sido efectuada, según los directivos de Odebrecht, con el fin de lograr una aproximación con el gobierno de Juan Manuel Santos, para viabilizar el reconocimiento y pago directo de las reclamaciones existentes para aquella época con ocasión del proyecto Ruta del Sol II", señaló Néstor Humberto Martínez. Ese mismo martes el gerente de la campaña de Juan Manuel Santos, Roberto Prieto, "aseguró de que ni la multinacional brasilera en cuestión, ni la empresa panameña Paddington, financiaron y realizaron encuesta alguna para la aspiración política".

 6- Odebrecht le pagó a Sancho 1.000.000 de dólares por un estudio de opinión para la campaña presidencial de Juan Manuel Santos, en el año 2014. Lo afirman, Odebrecht, Sancho y la fiscalía. Lo niega, Roberto  Prieto. Eleuberto Martorelli, expresidente de Odebrecht en Colombia, contó que contrató ese estudio de opinión con la agencia Sancho porque "era la forma que yo tenía de acercarme ahí al Gobierno, de ser un donante". Y Sancho y la fiscalía dicen que hubo un contrato entre Odebrecht y Paddngton. Roberto Prieto dice lo contrario, pero, es imposible creerle: Roberto Prieto "aseguró de que ni la multinacional del Brasil en cuestión, ni la empresa panameña Paddington, financiaron y realizaron encuesta alguna para la aspiración política". Tomado del Espectador. Eleuberto Martorelli, expresidente de Odebrecht en Colombia, contó que contrató ese estudio de opinión con la agencia Sancho porque "era la forma que yo tenía de acercarme ahí al Gobierno, de ser un donante". "Arreglamos ahí el pago a través de esta empresa Paddington que era una empresa de Panamá que me ahorró la parte tributaria y todo eso (...) aquel estudio de opinión, yo entendía que efectivamente era para la campaña del presidente Juan Manuel Santos, pedí que le hicieran llegar al Gobierno la información de mi apoyo a la campaña.

 7- Ley 996 de 2005. Artículo 17. Libros de contabilidad y soportes. Los responsables de la rendición de cuentas de la respectiva campaña deberán llevar el libro mayor de balances, el diario columnario y al menos un libro auxiliar… Artículo 18 (…) El auditor será solidariamente responsable del manejo que se haga de los ingresos y gastos de la campaña, así como de los recursos de financiación estatal…  El Consejo Nacional Electoral, por conducto del Fondo de Financiación de partidos y campañas electorales, tendrá a su cargo la realización de la auditoría externa sobre los recursos de financiación de los partidos y movimientos políticos… Artículo 19. Responsables de la rendición de cuentas. El gerente de campaña será el responsable de la rendición pública de informes de cuentas de las campañas... El candidato presidencial, el gerente, el tesorero y el auditor de las campañas, responderán solidariamente por la oportuna presentación de los informes contables.  La Ley 996 de 2005 los obligaba entonces a responder solidariamente por los informes contables. Cuando omitieron inscribir el 1.000.000 de dólares donados por Odebrecht, para la campaña del 2014, se obligaron de manera tácita a responder solidariamente por el delito de “RESPONSABILIDAD PENAL. Articulo 43 de la Ley 222 de 1995:" “Sin perjuicio de lo dispuesto en otras normas, serán sancionados con prisión de uno a seis años, quienes a sabiendas: 1. Suministren datos a las autoridades o expidan constancias o certificaciones contrarias a la realidad. 2. Ordenen, toleren o encubran falsedades en los estados financieros o en sus notas".

 8- La Comisión de Acusaciones de la Cámara, la Fiscalía General de la Nación y el Consejo Nacional Electoral, tienen todas las pruebas para actuar en contra del candidato presidencial, gerente, tesorero y auditor de las campañas presidenciales de Juan Manuel Santos, en los años 2010 y 2014: 1) contra Roberto Prieto porque dice que Odebrecht aportó 400.000 dólares en la campaña del 2010, pero que éstos no se inscribieron en la contabilidad; 2) contra Roberto Prieto porque niega que Odebrecht le pagó a Sancho 1.000.000 de dólares por un estudio de opinión para la campaña del 2014, mientras Odebrecht, Sancho y la Fiscalía aseguran que los pagó; 3) contra el candidato presidencial, gerente, tesorero y auditor, porque los 400.000 dólares del 2010 y el 1.000.000 de dólares del 1014, no se inscribieron en la contabilidad de las campañas; 4) contra el candidato presidencial, gerente, tesorero y auditor de las campañas, responsables de los balances e informes contables, porque incurrieron en el delito de "RESPONSABILIDAD PENAL. Articulo 43 de la Ley 222 de 1995:" "Sin perjuicio de lo dispuesto en otras normas, serán sancionados con prisión de uno a seis años, quienes a sabiendas: 1. Suministren datos a las autoridades o expidan constancias o certificaciones contrarias a la realidad. 2. Ordenen, toleren o encubran falsedades en los estados financieros o en sus notas".








Comentarios

Entradas populares de este blog

Las ausencias e incumplimientos del presidente Petro incumben a médicos y congresistas

  Gerardo Jurado Ciro  gerardojurado2017@gmail.com   - Respetamos las inclinaciones etílicas, cocainómanas y sexuales del señor presidente Petro. No pretendemos adentrarnos un milímetro siquiera en el mundo enmarañado de su intimidad. Sin embargo, el hecho de pasar por alto ese vasto, laberíntico y herizado universo, en vez de eximirnos de abordar los efectos perniciosos y  dañinos  de esos ritos hedonistas del primer mandatario, nos obliga más bien, a retrotraernos a esa costumbre o ritual que siempre se repite constantemente y de la misma manera: alcohol, cocaína, excesos, desórdenes y falta de control.   2- Es probable que el presidente Petro esté incurriendo en sobredosis de alcohol y eso lo enferma y lo obliga a incumplir sus compromisos: según los médicos, “una sobredosis de alcohol ocurre cuando hay tanto alcohol en la sangre que las áreas del cerebro que controlan las funciones vitales como la respiración, la frecuencia cardíaca y el control de la temperatura, comienzan a inhi

Decisión del pueblo o primera autoridad de Colombia: "hoy 20 de junio de 2023 juramos defender el país, botando a Petro de la presidencia.

  Gerardo Jurado Ciro gerardojurado2017@gmail.com 1-Caifás, el sumo sacerdote que condenó a Jesús, es descrito como un ser malvado, ávido de poder y loco por agradar a Poncio Pilatos : antes de que Jesús se hallara frente a Poncio Pilatos, tuvo que presentarse ante Caifás, quien permitió que un hombre tan perverso como él, soltara sus flatulencias podridas en las narices de Jesús, que un segundo machacara sus testículos, y que un tercero forzara la emisión de heces fecales. Sin embargo, aquellas bestias, hace 2.000 años, no alcanzaron el nivel de maldad que logró Gustavo Petro, al defecarse sobre las cabezas y los almuerzos de sus secuestrados.   2- Los flatos soltados sobre las narices de Jesús; los machacones infligidos a sus testículos; y la emisión forzada de sus heces fecales para convertirlo en un montón de huesos putrefactos... son hechos que contrastados con los crímenes horrorosos cometidos por Petro, en contra de sus víctimas enterradas vivas en las cárceles del pueblo, res

Petro comienza a cometer los crímenes que investigaron, acusaron y condenaron Deng Xiaoping y Mijaíl Gorbachov.

  Gerardo Jurado Ciro gerardojurado2017@gmail.com 1-Para escribir parte de esta columna tomamos material de Daniel Alonso. @danialonpri : “El día 3 de Mayo el Oncólogo Ryan Cole compareció en el Parlamento Europeo para advertir del aumento dramático en cánceres desde el año 2021. Pero no sólo Ryan Cole lo ha notado, pues, los datos oficiales son escalofriantes: el CDC de USA en su Informe Semanal de Mortalidad y Morbilidad recoge un aumento del 338% en CÁNCERES a partir de la semana 14 de 2021 que es cuando las vacunas covid-19 se hicieron masivas en USA.   2- Ni Petro, ni su ministra de Salud, ni los gobernadores, ni los alcaldes, han investigado un 338% de aumento en cánceres. Tampoco han buscado la verdad sobre un asunto tan delicado: es decir, si es cierto que un 338% de aumentos de cánceres a partir de la semana 14 de 2021 proviene de las vacunas del covid-19. Claro está que del presidente Petro solo esperamos que quebrante la Constitución y gire la cabeza hacia el lado izquierdo