Petro y Cepeda creen y hacen creer a sus millones de despistados que con una escopeta para matar tórtolas pueden enfrentar con éxito a una bomba atómica.
1. El Marco Legal: La Violación de Topes y el Artículo 109 Efectivamente, el Artículo 109 de la Constitución Política (modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009) establece que la violación de los límites de gastos fijados por el Consejo Nacional Electoral (CNE) será sancionada con la pérdida del cargo. Estado actual (2026): El CNE ya emitió fallos que confirman que la campaña "Petro Presidente" de 2022 superó los umbrales permitidos (incluyendo aportes no reportados de sindicatos como Fecode y la USO). Sin embargo, el CNE solo tiene competencia para sancionar administrativamente (multas). La competencia para aplicar la "pérdida del cargo" al Presidente es exclusiva del Congreso. 2. El Procedimiento: ¿Cómo se retira a un Presidente? En Colombia no existe la "destitución directa" por parte de la autoridad electoral. El procedimiento es el Juicio por Indignidad Política: Comisión de Acusaciones (Cámara de Representantes): Es la encargada de ...